El Directorio Nacional será elegido por votación directa y secreta de los socios, de entre los nombres propuestos por cualquier Directorio Regional o por, a lo menos, 25 socios, y sin que concurran circunstancias inhabilitantes o haya sido sancionado.
Resultarán elegidos directores quienes obtengan las más altas mayorías.
Tendrán derecho a voto todos los socios que se encuentren afiliados con una anticipación de, a lo menos, noventa días a la fecha de la elección y que se encuentren con el pago de sus cuotas al día.
Para ser miembro del directorio, el candidato deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Haber presentado su postulación como candidato en por escrito ante el Secretario de Anfumip, durante los 28 días previos a la elección.
b) No haber sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva. c) Tener antigüedad mínima de un año como socio de la Asociación.
d) No desempeñar un cargo o función de exclusiva confianza en la Institución.